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ANTECEDENTES DEL CORREGIMIENTO DE PONFERRADA (1ª PARTE)



La creación del corregimiento de Ponferrada, por los Reyes Católicos, tuvo unos antecedentes que seguro que influyeron de manera clave en su formación. Seguidamente analizaremos una relación de acontecimientos históricos que pensamos que fueron determinantes a la hora de constituir dicho corregimiento ponferradino por parte de la Corona de Castilla.


LA CONFLICTIVIDAD INTERSEÑORIAL.


En la segunda mitad del siglo XV el noroeste peninsular sufre las duras consecuencias de la crisis económica. Los señores, nobleza, clero secular y regular, disputan tierras y vasallos entre ellos. A ello también contribuyen las sucesivas guerras civiles por la sucesión dinástica de la Corona de Castilla.


En el caso concreto de la región de El Bierzo, el principal señor laico es el conde de Lemos que lucha por mantener su supremacía con las casas de Benavente (Los Barrios de Salas),Astorga (montañas hacia León) y Alba de Aliste (Tierra de Bembibre). Los monasterios también sufren las consecuencias del poderío del conde de Lemos. Así se constata en la documentación del cenobio de Carracedo, “experimentaron el Abad y Monges que el Conde de Lemus usurpó varias porciones de su terreno, introduciéndolas la Villa de Ponferrada en el suyo (…) Acreditó el Real Monasteriolas fuerzas que el Conde, la Villa, sus vecinos y moradores le hicieron entrando y ocupando sus términos, Lugares y vasallos, llevando sus rentas, pechos y penas, poniendo Juez y Merino, usurpando su señorío, y jurisdicción, obligando a los del Real Monasterio a llevar piedra, arena y madera para sus fortalezas, y cavar al redor, poniendo y quitando Abad, y no queriendo obedecer, pegaban fuego, quemaban las imágenes, prendando a los Monges, porque executasen lo que mandaban, y causándoles otros agravios, destrozando los vecinos de Ponferrada los términos, y mojones del Monasterio, mudando y quitando y colocándolos donde querían, sin poderlo resistir, defender, ni contradecir, por el justo temor de ser presos, muertos, rescatados, alanceados, desterrados sus Religiosos, o no acabasen de perder los bienes destos. Fue en efecto época muy desgraciada, y sólo la real presencia pudo pacificar, y precaver las funestas consecuencias de la deslealtad del conde de Lemus (…)” (Memorial del pleito de la Devesa del Fabeiro). Este texto no deja lugar a dudas respecto al poderío del conde de Lemos en la región berciana y de sus correspondientes métodos coercitivos.


EL LEVANTAMIENTO POPULAR IRMANDIÑO (1467-1468).


Ante la crisis social y económica generalizada los vasallos (labregos, burgueses, fidalgos e baixa nobreza) terminaron por levantarse contra sus señores. Las revueltas irmandiñas también tuvieron presencia activa en los lindeiros del Reino de Galiza, casos de Seabra y O Bierzo. En este último caso, la persecución del conde de Lemos trajo a los irmandiños hasta las murallas de los castillos de Cornatelo, Pena Ramiro, Sarracín, Corullón y Ponferrada.


Ante el ataque irmandiño el conde de Lemos procuró la ayuda exterior, de la Hermandad de Castilla. Tanto el conde de Lemos como la Santa Hermandad de Castilla y León intentaron desactivar la revolución antiseñorial irmandiña porque amenazaba sus intereses con la aplicación de la justicia popular. Carlos Barros recolle que vecinos de Ponferrada, Vilafranca y Cacabelos conspiran con el conde de Lemos, entre febrero y marzo de 1468,ante la dicha Hermandad “para tratar organizar la contrarrevuelta contra los irmandiños”. Así pues, el conde encuentra apoyo en algunas villas bercianas, posiblemente entre sus regidores, pero los labregos explotados y cierta baja nobleza está con los irmandiños como luego veremos. O historiador gallego indica que el conde estaba “doente pola escisión pro-galega do Bierzo, coa intención de facilitar un recrutamento de xente que lle permitise recobrar o poderfeudal, primeiro no Bierzo e despois en Galicia, que non lograría até un ano despois, mediante una contraofensiva coordinada coa alta nobreza galega” (“Os irmandiños da Terra de Lemos”).

Los bercianos formaron parte activa del movimiento irmandiño. Sabemos que el conde de Lemos encarceló al escudero Alvar Sánchez, que poseía la tierra de Arganza, por apoyar a los irmandiños y participar en el cerco de Ponferrada, “e lo metieron en el castillo, en el suétano. E yasió allí fasta un mes”. Un testigo declara “que quando lo sacaron para lo asaetar, lo pregonaban deziendo que veniesen a ver la justicia que mandava fazer el conde a aquel onbre que fuera su criado e fuera contra el”.

UNIDAD JURISDICIONAL Y POLICIAL ENTRE GALICIA Y EL BIERZO.


Los Reyes Católicos estaban muy preocupados por el control del reino de Galicia. Dentro de esta dinámica incluimos el envío de oficiales reales para pacificar el noroeste peninsular. Mediante provisión de 7 de octubre de 1480, se ordena que sus más importantes oficiales en este reino, a saber, el capitán y Justicia Maior , Hernando de Acuña, yAlcalde Mayor, el licenciado Chinchilla, amplíen su jurisdicción a O Bierzo. Así leemos queestos dos oficiales “tengan por mi y en mi nombre, quanto mi merçed e voluntad fuere, la justicia e jurisdiçión çebil e criminal desas dichas villas y lugares (do Bierzo e Balcarçe) según e por la forma e manera que lo tienen en el dicho reino de Galizia (…)”. Esta orden real es tan directa y tajante que no se permite incumplimento ni retraso ni recurso, “sin otra larga ni tardança ni escusa alguna, e sin sobrello me requerir e consultar (…)”. Este documento de la Corona insta a los bercianos a recibir los dichos altos oficialesreales o sus delegados, “los dexedes e consintadeslibremente usar de los dichos ofiçios por si e por sus oficiales e lugartenientes, que es nuestra merçed que en los dichos ofiçios puedan poner y pongan, a los quales puedan quitar e amover, e poner e surrogar otro o otros en su lugar (…)”.

Incluso tres años después, en 1483, el rey Fernando el Católico insta a los titulares de los altos cargos policiales, Justicia Mayor y Alcalde Mayor, a que vuelvan a Galiza a causa de los nuevos disturbios en el reino, y por eso se les conceden los poderes de la anterior provisión real de agosto de 1480. El nombramiento de nuevos titulares de esos cargos judiciales en Galicia, Diego López de Haro y Sancho García de Espinar, respectivamente, en marzo de 1484, insiste en la extensión territorial de esa justicia real “de qualesquier ciudad, e villa, e logares, e cotos, e feligresyas, con el Bierço (…)”. Otra vez comprobamos como hay una unidad jurisdiccional y policial entre Galiza y O Bierzo. Esta documentación constata el reconocimiento real de la diferenciación territorial entre ambos territorios vecinos.


O Bierzo, agosto de 2011.
Publicado por xabier lago mestre a las 17:36
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ANTECEDENTES DEL CORREGIMIENTO DE PONFERRADA (1ª PARTE)

Por Xabier Lago Mestre.
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