La Junta de Castilla y León acaba de presentar el mapa de las llamadas Unidades Básicas de ordenación y servicios del territorio de la Comunidad Autónoma.
Por lo que se refiere al Área Funcional de El Bierzo está formada por las siguientes Unidades Básicas: Bierzo Occidental, Bierzo Noroeste, Bierzo Norte, Alto Bierzo, Bierzo Centro, Bierzo Centro-Norte y Bierzo Centro-Sur. En este caso no analizamos la idoneidad de estos nuevos ámbitos territoriales. Pretendemos denunciar, una vez más, la falta de respeto por parte de la Junta de Castilla y León de nuestra identidad territorial a la hora de aceptar nuestro topónimo correcto. Nos referimos a El Bierzo, sea Región, Comarca o Área Funcional. Por eso no se pueden aceptar esas denominaciones parciales y erróneas de Bierzo Noroeste, Bierzo Occidental y demás Unidades Básicas.
EL LEGALISMO TOPONÍMICO
Las Cortes de Castilla y León aprobaron la Ley 1/1991, de 14 de marzo, por la que se crea y regula la Comarca de El Bierzo, así como la posterior Ley 17/2010, de 20 de diciembre, de modificación de la primera Ley. Ambos textos jurídicos se refieren expresamente a la Comarca de El Bierzo. Pues bien, las referidas Unidades Básicas de ordenación y servicios cercenan nuestro topónimo territorial El Bierzo, ignorando la determinación de las dos anteriores Leyes. Esto es un claro ejemplo de falta de lealtad institucional y respeto político por parte de la Junta de Castilla y León con el Consejo Comarcal de El Bierzo. Es de esperar que nuestra institución territorial reaccione ante este agravio foráneo y reclame el debido cambio de actitud.
Aprovechamos esta ocasión para demandar más celo al Consejo Comarcal de El Bierzo a la hora de defender nuestro principal topónimo territorial. Hay que pedir un mayor uso institucional y social del topónimo El Bierzo. En este sentido, la anterior presidencia del Consejo Comarcal se plegó al mandato de la Real Academia de la Lengua en el sentido de devaluar nuestro topónimo, tanto escribiendo en minúscula el artículo como fijando su contracción con la preposición de. Estas dos determinaciones uniformizadoras de la RAE no quisieron conceder la excepcionalidad a nuestro topónimo territorial, como sí hacen con otros como: El Salvador, El Escorial o el diario El País. Esta decisión tan discrecional, desde una visión castellanista, para nada tuvo en cuenta nuestra especificidad histórica con la presencia de otras dos lenguas, el leonés con "El Bierzu" y el gallego con "O Bierzo", con fuerte presencia oral durante siglos. Así pues, estos idiomas territoriales también han reafirmado el protagonismo del artículo determinado en nuestro topónimo, por mor de nuestras peculiaridades lingüísticas, que hay que tener bien en cuenta a la hora de mantener siempre el artículo.
EJEMPLARIDAD HISTÓRICA
Conviene argumentar más el uso del artículo determinado en nuestro topónimo con algunos ejemplos históricos. Si consultamos los tumbos y cartularios con documentación medieval de nuestros principales monasterios bercianos leemos “comes Ramirus Froylaz in Bergido” (año 1144), “e de sua mao en Berzo Nunu Fernandez” (1270). Como vemos no aparece la referencia escrita al artículo en El Bierzo por la mayor influencia del latín. Pero en los siglos posteriores la documentación sí muestra ese artículo determinado en textos castellanos. Los Reyes Católicos se refieren a “nuestro corregidor de la provincia del Bierzo” (1491).
Pero quizás sea más novedoso indicar otros documentos en donde aparece nuestro topónimo con la especificidad demandada en este trabajo, es decir, con la expresión no contraída de El Bierzo y con el artículo en mayúscula. En 1524 se debate la construcción de un puente en Cacabelos y leemos “Francisco d´Anzillo dize que dara seguridad bastante en esta provincia d´El Bierzo” (rvta. Cuadernos de Investigación Histórica, 11, 1987). En el siglo XVII, Fray Antonio de Yepes, en su Crónica General de la Orden de S. Benito, indica que “éste es Santa María de Carracedo, sito en el Reino de León, en el obispado de Astorga, en la Provincia que llaman El Bierzo”.
Del siglo XVIII hemos encontrado numerosas referencias a nuestro topónimo. En 1712 se habla del arriendo de las rentas del Voto de Santiago en el “partido de El Bierzo” (rvta. Bierzo, 2006). El corregidor de Ponferrada envió un informe a Thomas López, el diseñador del mapa de El Bierzo, en 1770, en el cual indica “quedo en remitir a Vm la nómina de las Villas y lugares que comprende esta Cabeza de la Provincia deel Vierzo” (El Bierzo a finales del siglo XVIII, 1998). Otro documento recoge el conflicto entre los concejos de Peranzanes y El Rebollar por el arreglo del camino por el puerto del Trayecto, “y otras muchas personas asi de la Provincia de el Vierzo” (Protocolos Notariales de León, 1749). Además, Francisco J. Vatoli presentó un “Informe sobre la posibilidad de establecer la fabricación de armas en El Bierzo” (1797).
En el siglo XX tampoco faltan testimonios de nuestro peculiar topónimo El Bierzo. En 1944 se edita un libro titulado “Mancha carbonífera de El Bierzo”, y en 1972, María del Carmen Montero Garcia-Lorenzana presentó su excelente trabajo de investigación “Análisis económico de la región de El Bierzo”.
Por supuesto que los ejemplos de uso de nuestro topónimo, sin contraer y en mayúsculas, resulta más minoritario. Pero de esta forma pensamos que se fomenta el correcto uso del topónimo y se evita la actual pérdida del artículo determinado por mor del simplismo comunicativo que acontece con los usos publicitarios, comerciales o digitales. En este tema de identidad berciana no conviene dejarse guiar por ideas académicas lejanas y dependencias políticas foráneas. Por todo lo dicho, recomendamos una declaración institucional del Consejo Comarcal de El Bierzo a favor de la oficialidad toponímica de El Bierzo, sin contraer y en mayúsculas.
O Bierzo, outubro de 2015.
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